Natalia González, mamá de un joven con discapacidad, compartió su emoción en radio Meta. “Muy feliz, como mamá es muy importante”.
La idea fue trabajada con la edil (mandato cumplido) Silvia Di Bacco. “Surge en una reunión de padres de chicos que van a egresar de la Escuela Especial, nos empezamos a plantear esta situación: ¿qué hacemos después en oportunidad de igualdad de los chicos? Entonces me acerqué a Silvia, presentamos notas en el municipio, incluso para que se generara el área de Discapacidad, empezamos a estudiar proyectos de distintos lugares de la provincia de Buenos Aires y armar éste que hoy nos pone muy felices”.
Natalia reiteró una de las problemáticas que más les preocupa. “Somos muchos los padres con discapacidad en Ramallo y siempre tenemos esa pregunta: ¿qué hacemos después que salen de la Escuela Especial?”
El objetivo del Centro de Día. “En el transcurso de la educación ellos empiezan a tener esa conexión con el mundo exterior, pero no salen de su entorno. La idea nuestra, lo que pensamos, es que empiecen a integrarse a la sociedad de una manera distinta, como todos nosotros: en lo laboral, educación, proyectos de vida, independencia… es algo muy importante la independencia de estas personas”.
Y además, “es el lugar donde se capacita y se proyecta el trabajo a futuro de las personas. Desde los 12 años en adelante se puede llegar a tener un acompañamiento con la escuela normal, porque es tiempo de la secundaria. Implica también contenerlos, armar sus proyectos de vida dentro de esta institución, darles las herramientas para que ellos mismos puedan incluirse”.
A su turno, Silvia Di Bacco explicó que todavía falta recorrer una parte del camino. “Para poder hacer este proyecto tuvimos que ir a Tierra y Vivienda, Catastro, buscar un terreno donde materializarlo. Se consiguió una reserva fiscal que está en Velázquez, entre Moreno y Primera Junta. Eso se tiene que donar a la Provincia para que construya el Centro de Día. Es el Ejecutivo el que tiene que tomar las cartas en el asunto, eso lo tiene que hacer el Intendente, y una vez que llegue, hay que hacer un seguimiento en la Provincia porque en cinco años, si no hay una respuesta, el terreno fiscal vuelve al municipio y se cae el proyecto".
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de crear un Centro de Día para jóvenes –adultos con discapacidad
Y
CONSIDERANDO:
Que el Centro de Día apunta a desarrollar el potencial y autonomía de los jóvenes y adultos con discapacidad.
Que es un enfoque centrado en la persona con discapacidad ,a la que se entiende desde la perspectiva de la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con discapacidad, la Ley Nacional N° 22431/81 y sus modificatorias, la Ley Provincial N° 10592/87 y sus modificatorias y la Ordenanza 5199 /15 para facilitar la participación en la vida social y el ejercicio de sus derechos en forma integral y en igualdad de condiciones con los demás.
Que es esencial crear espacios para diversas actividades como talleres de arte, deporte y recreación, talleres de fotografía y radio, computación conciencia ecológica, separación de residuos y reciclaje, cocina, carpintería ,etc. con el objetivo de alcanzar el mayor nivel de autonomía y calidad de vida en función de las necesidades y características de los concurrentes.
Que es esencial la creación y administración de Centros de Día para aquellos jóvenes que están en edad de egresar de las Instituciones Educativas a las que concurren .
Que es fundamental trabajar por la inclusión en un marco de valores comunes dado que se vive se crea y se crece siempre en un continuo con otros.
Que su marco de acción es a través del trabajo interdisciplinario con los jóvenes y las familias en pos de propiciar la autonomía de los jóvenes y adultos con discapacidad.
Que se debe difundir los derechos de las personas con discapacidad para propiciar la plena inclusión e integración de los mismos a la comunidad e intervenir activamente para considerarlos no sólo como receptores sino como agentes de cambio social.
Que para este grupo etario es trascendental crecer en un contexto afectivo y seguro que conlleve al pleno desarrollo de su subjetividad y un derecho inalienable de nuestros/as jóvenes y adultos con discapacidad.
Que en los Centros de Día las personas con discapacidad comienzan a relacionarse, aprende a vivir en sociedad y es el lugar donde se produce el proceso enseñanza- aprendizaje a través de los talleres.
Que debemos exigir que todos los ciudadanos tengan el derecho a ser educados dignamente.
POR TODO ELLO,EL HCD DE RAMALLO EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°)
OBJETIVOS:
-Lograr la máxima independencia personal.
-Adquirir hábitos sociales tendientes a la integración social.
-Integrarse adecuadamente al medio familiar de pertenencia.
-Evitar el aislamiento.
-desarrollar actividades ocupacionales previamente seleccionadas y organizadas de acuerdo a las posibilidades de los concurrentes.
-Apoyar y orientar a las familias.
-Implementar talleres tendientes a lograr la participación de los concurrentes en programas de acción comunitaria acorde a sus posibilidades.
Artículo 2°)
BENEFICIARIOS:
La edad mínima de ingreso a este tipo de servicios será a partir de los 12 años por cuanto las etapas anteriores deberán en todos los casos procurar atención en servicios de estimulación temprana.
Artículo 3°)
PAUTAS DE INGRESO Y EGRESO:
INGRESO:
A partir de la finalización de las etapas de estimulación temprana o egresos de instituciones educativas a las que concurran sin límites de edad.
EGRESO:
Las causas de egreso de un concurrente pueden ser de diferente tipo, tal como:
-Alcanzar niveles de desarrollo que le permitan acceder a servicios educativos y/o laborales más adecuados a su nueva situación.
-Modificación de sus condiciones psico-físicas de forma tal que sea imposible su permanencia en un Centro de Día y requiera para su atención otro tipo de servicio especializado.
Artículo
4°) SERVICIOS Y ACTIVIDADES :
-El Centro de Día deberá disponer para la atención de sus concurrentes lo siguiente:
Apoyo familiar y/o individual para desarrollar acciones tendientes a fortalecer vínculos con el grupo familiar y con otros integrantes del medio donde se desenvuelve .
Atención médica: actualización de diagnósticos , pronósticos y tratamientos .Prescripción y /o control de medicamentos y estudios específicos. Derivación y coordinación con servicios médicos de especializados donde recibe atención el concurrente.
Actividades de integración: desarrollo de actividades integradas en el Centro de Día, la familia y la comunidad de acuerdo con las posibilidades de los concurrentes.
Actividades laborales: desarrollo de diferente tipo de talleres de acuerdo con las aptitudes e intereses de los concurrente.
Artículo 5°)
Deberá funcionar de lunes a viernes en doble turno o de acuerdo a las razones de carácter regional o local podrán existir Centros de Día en un solo turno (mañana o tarde)
-Los talleres se desarrollarán durante todo el año pudiéndose interrumpir en aquellos casos que la situación socio- familiar de los concurrentes así lo permitan.
Artículo
6°) Donase los derechos de propiedad con cargo de la Reserva Fiscal ubicada entre las calles Velázquez entre Moreno y Primera Junta (Datos Catastrales Circ 3 Secc B Mza 13 PC 10 Plano de Mensura 87 46 50 ) a la Provincia de Bs As para la creación de un Centro de Día para Jóvenes y Adultos con Discapacidad .
Artículo 7°)
La donación mencionada en el artículo 6° de la presente a la Provincia de Bs As se efectuará con el cargo cuya finalidad es la construcción de un Centro de Día .En caso de no llevarse a cabo dicha obra en el término de cinco (5) años el terreno volverá al dominio del Municipio de Ramallo.
Artículo 8°)
Comuníquese al DEM a sus efectos.
Artículo 9°)
Envíese copia de la presente a la Ministra de Educación de la Provincia de Buenos Aires Agustina Vila, al Subsecretario de Infraestructura Escolar de la Prov. de Bs As Ingeniero Ariel Lambezat, al Consejo Escolar de Ramallo y a la Inspectora Distrital Alejandra Signo y medios de comunicación local.